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Prohibición de multirrotores fuera de los clubs

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  • Este debate tiene 66 respuestas, 36 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 9 años por Jul.
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  • #28934
    Felipe
    Participante
    Mensajes: 3

    PS: your spanish is much better than our german, that’s for sure ;)

    Gracias por su información!!

    PS: pero ustedes no viven en alemania – por eso debo hablar español mejor!! 😉

    #33005
    Antoko
    Participante
    Mensajes: 156

    Disculpad la repetición en varios hilos que tratan el tema legislativo, pero interesa que todos nos enteremos, unamos y poder participar en defensa de nuestros intereses como usuarios Para quien pueda interesar, sin más, y entre otras, se está creando esta asociación:

    https://www.facebook.com/groups/376580745829081/378368302316992/?notif_t=group_activity

    Estatutos:

    https://attachment.fbsbx.com/file_download.php?id=694731467277553&eid=ASvA5EY1AleINLxh033IOHF0LfAl5W4V6nH3LzAi_6wPo0AnWJhJFdMLXE2jT4bUBa4&inline=1&ext=1410207112&hash=ASu7LoI9A9HodVJD

    #36247
    dovaskull
    Participante
    Mensajes: 4

    Buenas, vengo leyendo noticias y sigo sin aclararme.
    He leído la nota de AESA, pero eso es suficiente para tipificarlo como ley?
    Volar quadcópteros como fin lúdico lejos de núcleos de población está prohibido por ley?
    Estoy pensando en montar un quadcopter pero esto de que me puedan crujir a multas me tira para atrás…
    Basta con mostrar conocimientos sobre el tema si te para un policía? Si es así, dónde lo aprendo?
    Un saludo y gracias

    #41153
    José Antonio
    Participante
    Mensajes: 3

    Hola, soy novato iniciándome con los Multis…(antes de meter la pata), estoy intentando encontrar si hay alguna novedad al respecto…
    Saludos y gracias.

    #41422
    Jul
    Participante
    Mensajes: 54

    Hola a todos. Yo también soy nuevo en el mundo del aeromodelismo…la situación actual y como parece que la van a dejar me recuerda mucho la época de los 27Mhz…primero piratas, luego alegales, después con permiso y en la actualidad totalmente uso libre sin licencia… creo que tanto la disposición provisional como el borrador definitivo se pasa un poco. En lo que a mi respecta me afecta el tema de la grabación y fotografía, pero no porque vaya a grabar para terceros, sino para producciones propias y la verdad es que se pasan, más todavia con los aparatos tan ligeros como un bebop y similares y teniendo en cuenta los mecanismos de seguridad que tiene. Las «academias» aprovechan el tirón, los que se sacan el título se apropian del «pastel» y quieren monopolizar el sector…comprendo que ambos quieran aprovechar el tirón pero se pasan. A los operadores y pilotos de drones «titulados»…¿que les parecería si cultura ahora también sacase un decreto en el que bajo términos similares tuviesen que acreditar sus conocimientos en audiovisuales? Porque en lo que es el sector audiovisual, se puede considerar que la intromisión la hacen ellos (y con el «beneplácito» de una ley hecha con prisas). Por otra parte, la legislación actual interfiere demasiado en el aspecto profesional, forzando y promocionando el que se tenga que sacar un «titulo» incluso si vas a volar y grabar con un juguete, cosa que tendrían que diferenciar…la calidad de los «juguetes»(menos de 2 Kg) en cuanto a grabación, aunque aceptable como recurso, no se puede comparar a la de los drones capaces de cargar con cámaras…así deberían hacer la diferenciación de profesional en el caso del audiovisual, teniendo en cuenta el tipo de dron y por supuesto, todo o relativo a seguridad de las personas, etc, dejando el libre uso, tanto recreativo como profesional a los drones superligeros. Muy interesante esto que explica la propia AESA, http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/cias_empresas/trabajos/marco_drones/preguntas/default.aspx Es decir, por ejemplo, si grabo una boda en una nave, ya me puede decir el piloto titulado lo que quiera, que el no tiene atribuciones legales para decir que eso lo tenía que grabar el porque tiene el título…lo puedo hacer yo mismo cumpliendo los requisitos legales necesarios. A ver como es la ley definitiva, pero lo que es la actual transitoria y el borrador de la futura está llena de controversias, vacios legales y denota un claro favoritismo e intromisión con otros organismo legislativos. ¿que os parece? un saludo.

    #41423
    Jul
    Participante
    Mensajes: 54

    Bueno, parece que hay leyes y decretos antiguos, de la época del régimen, que facultan a AESA a intervenir en el control de grabaciones aéreas, etc…de 1959….vamos, cuando el aeromodelismo estaba en pañales…imagino que aunque se amparan en esa ley para legislar y regular, habrá otras más modernas que limitaran sus atribuciones…a mi parecer lo que veo claro es que la normativa debería incidir en la seguridad en trabajos delicados y seguridad de las personas y cosas, en lo que creo que todos estamos de acuerdo, y catalogar como profesionales los drones de determinada categoría y a partir de ahí ya sacar sus «planes de formación» y dejar libertad para que la productora audiovisual decida si quiere calidad en su grabación ( en ese caso contrata a piloto ) o tiene bastante con la calidad que de un juguete. Otro ejemplo que se me ocurre de lo que quiero explicar…ahora llega la dirección general de tráfico y regula el que se realice una grabación desde el coche, haciéndote sacar un carnet de conducir de categoria superior o profesional porque vas a anclar una cámara a tu vehículo en el asiento del acompañante y vas a grabar por la ventanilla el paisaje….tiene migas …

    #41424
    Jul
    Participante
    Mensajes: 54

    Y otra cosa más que se deduce de la propia web de AESA y que afecta tanto a pilotos oficiales como no oficiales…»02.¿Se pueden usar drones para grabar películas, filmar carreras, manifestaciones, bodas, conciertos, etc…?
    Esta primera regulación temporal permite el uso de drones, sobre zonas no habitadas y por ahora no está permitido el uso en ciudades o sobre aglomeraciones de personas al aire libre, como pueden ser parques de ciudades, playas llenas de gente, campos de fútbol., etc. Por lo que, en el caso de películas, se podrán usar siempre que no sea en zonas urbanas. Las manifestaciones, fiestas o conciertos por ahora no será posible grabarlos con drones, excepto que tengan lugar en recintos completamente cerrados (incluyendo el techo).»…es decir, que no por tener el titulo puede grabar libremente un evento a no ser que sea en recinto cerrrado o zona despoblada…exactamente lo mismo que sin título…eso si. teniendo el título si pides permiso para volar sobre una ciudad , etc es posible que te lo den siempre que cumplas los requisitos que se exijan…realmente, el decreto provisional lo que crea es un parón en aquellas personas que pretendan ser «profesionales»…un saludo

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